Papel de Arbol

jueves, 7 de junio de 2012

LAS CIUDADES ANDINAS DEL SIGLO XXI


NECESIDAD DEL PLANEAMIENTO TERRITORIAL
Jorge Zavaleta Alegre Periodista y licenciado en ciencias sociales
Lima, desde la torre Petroperú, en San Isidro. Foto JZA
A mediados del siglo XVII aparecieron los aspirantes a alarife (voz de origen árabe que en español significa 'arquitecto'). En un comienzo, esos aprendices eran niños o adolescentes que ofrecían su trabajo a cambio de vestido.
Empezaban a los 12 años y después de algunos años se les nombraba oficiales, un equivalente al actual 'maestro de obras'. Después de otra etapa de aprendizaje de preparación estaban aptos para ascender al grado de alarife, con derecho a abrir su propio taller, un equivalente a una oficina de arquitectura y construcciones del presente. La historia registra que en Europa, a partir de 1657, recibían clases de matemáticas y otras materias afines que les impartía un cosmógrafo, además de la respectiva acreditación.
En el siglo XXI, las ciudades exigen de sus instituciones representativas las decisiones más acertadas para una mejor convivencia. En el Perú actual, existen 132 universidades, con 34 facultades que forman arquitectos. Más de 14,000 egresados son miembros de su colegio profesional, que este mes celebra medio siglo de creación.
Varios especialistas, desde la decana del Colegio de Arquitectos del Perú, Shirley Chilet, coinciden en que la complejidad de las principales urbes del país demanda un cuerpo legislativo que corrija las deformaciones provocadas por el acelerado crecimiento del mercado inmobiliario y la regulación deficiente.
Se están produciendo avances en la red de infraestructura vial hacia el interior del país, pero falta mejorar la articulación urbana.
La Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 es un instrumento jurídico que impulsa el proceso de descentralización, pero los profesionales de la construcción necesitan que el Congreso de la República apruebe cuanto antes tres iniciativas legislativas muy útiles para la conservación y proyección de nuestras ciudades.
Se trata de la Ley N° 29090, sus Normas Modificatorias y Complementarias (Ley N° 294776 y Ley N° 29566) y Reglamentos, que permitirá que los cargos de la supervisión de las obras se realice con la debida rigurosidad técnica.
Otra demanda es la Ley que Regula el Concurso de Anteproyectos y Proyectos Arquitectónicos y Urbanísticos para Obras con Financiamiento del Estado. Y la tercera propuesta es la Ley de Movilidad Urbana Sostenible, que incluye planes de movilidad para ciudades intermedias de entre 100,001 y 250,000 habitantes y para ciudades mayores con más de 250,001 habitantes.
La migración de los Andes a la Costa ha sido tan rápida en los últimos 20 a 30 años que el Estado no ha previsto la ocupación del territorio. Estamos a tiempo de corregir este rumbo extraviado. Lima, 7 Junio 2012
 

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