Fotos D16, Madrid.
Jorge Zavaleta Alegre
Las estadísticas de los años noventa y a los inicios de la tercera década del XXI, nos presentaron un mundo urbano idílico, cuya economía de libre mercado era el camino para construir un mundo de democracia plena. Sin embargo, ni los gobernantes ni la ciudadanía percibieron el acelerado crecimiento de la economía informal, el deterioro del Estado y la pasajera solidez de los exportadores al primer mundo.
Detrás de las fotografías de los barrios marginales, hoy se comprueba que allí supervie un infinito cordón de pobreza con las mayores consecuencias en la salud, hoy agravada por la coronación de un virus 2019, cuya vacuna, sin duda, aparecerá cuando sea más rentable para los laboratorios.
América Latina y el Caribe en los últimos ochenta años ha vivido un proceso de urbanización que se traduce en paulatina disminución de la población asentada en el campo, en área rural.
Por ejemplo en el Perú, la población rural representaba más del 50% de la población total del país, Bajó a 40% en el año 1981. A 30% en el año 1993. A 25% en el año 2007. En 2015, la población asentada en el área rural apenas representará el 23% de la población total....
En el Perú hoy, la proporción de la población menor de 15 años, representa el 28,3% de la población peruana, y se estima que dicha participación disminuirá hasta 18,5% en el año 2050, en tanto la
población adulta, de 65 años y más, que ahora representa el 6% pasará a representar el 18% de la población peruana, en el 2050.
La población activa, en plena edad de trabajo, representa el 65% de la población, cuyo espacio será de medio siglo hacia adelante, con tasas de dependencia bajas, con un bono demográfico que debe aprovechar el país. Es una etapa de oportunidades, de mayor trabajo, ahorro e inversión, que redunda en crecimiento económico. Significa además posibilitar un aumento de los gastos en salud, seguro social y educación especialmente orientada a la población joven....
El Diario16, consideró necesario recurrir a profesionales especialistas para contribuir en abrir mayores espacios de opnión, por la construcción de un Nuevo Estado o Estado diferente que contribuya al cambio estructural, incentivando el camino de retorno a sus pueblos, a las poblaciones de origen teniendo con el aval de un Estado para todos y que los productores sean los principales benificiarios de la producción agraria al igual que los artesanos....
Existe una importante población que sigue manteniendo relaciones integrales con sus pueblos de origen. Con ella es factible dar vuelta a la cara, acompañar al productor y menos al comerciante.
Precisamente, profesionales en negocios intenacionales con los cuales hemos tomado en consideración sus juicios de valor plantean la necesidad de encontrar caminos de retorno a su país de origen o dejar la capital no para morir pronto sino para reconstruir alternativas de vida bajo un Nuevo Estado, que sea para todos. Esta opinión es compartida profesionales vinculados a la economía, la contabilidad pública y la psicología, como Virginia Valverde, Gustavo Stuart Alegre y July Z. Camerieri...
A continuación, un comentario al libro El Estado....Y Mitos Jurídicos, del joven jurista Adolfo Céspedes Zavaleta, publicado por Gestión Pública y Desarrollo, Información, Análisis. Ediciones Caballero Bustamante - ecb. 312pp.* Céspedes Zavaleta, abogado y bachiller de la Facultad de Artes Liberales con mención en Filosofía por la Universidad de Piura. Cuenta con una maestría en Deerecho Internacional por la Universidad de Pittsburg, PA - USA. Profesor de varias universidades del Perú: San Martín de Porres, Universidad Católica de Arequipa y de la Pontificia Universidad Católica del Perú-PUCP.
-Es un mito jurídico que la existencia misma de empresas públicas en un país constituya, de por sí, una demostración de falencias económicas, de ideologías socialistas o de profunda inadaptación de los Estados al orden globaliizado.
-La naturaleza jurídica de una empresa pública es híbrida, es decir se trata de una persona jurídica, diferente a las entidades clásicas de la Administración Pública. Es constituida como sociedad anónima, con fines de interés social, y a la vez comercial, no son contradictorios entre sí, sino que en todo caso deben ser sopesados en cada decisión particular de la empresa, lo cual no sucede en las sociedades privadas. Ello, nos atrevemos, constituye una verdad jurídica fundamental para comprender el manejo adecuado de las empresas del Estado.
-Un mito jurídico, que se ha demostrado, consideramos con suficiencia en la presente obra, es el referido a que la privatización agresiva o en su totalidad de las empresas públicas constituya, como plantean algunos analistas, la solución idónea para el denominado "problema" del Estado empresario. La verdad respecto a este tema, es que antes que privatizarla, una creciente preocupación por la mejora del desempeño técnico-financiero de las empresas públicas y por un cambio de rumbo en la conducción despolitizada de las mismas, es lo que más debe preocupar a los países, espcialmente en vías de desarrollo, que cuenten con empresas públicas.
- La despolitización radical en la designación de los órganos de dirección de las empresas públicas es vital para el manejo de los órganos de dirección de las empresas públicas es vital para el manejo gerencial idóneo de las mismas. Ello, sin descuidar los controles de todo el aparato estatal sobre los fondos que manejan las entidades públicas, a la que asimilan a las empresas públicas en este aspecto, puesto que en el fondo las empresas del Estado, "pertenecen" en algún sentido a todos los ciudadanos.
-La influencia política en las empresas públicas. En sí, las empresas públicas representan, intrínsecamente, un formidable instrumento de poder político y social del que los gobiernos no quieren prescindir. Ello se da por la conjunción de factores que se presentan en cuanto a la regulación y la propiedad pública. Además, es claro que la intervención política en las mismas se hace muy común debido que los políticos manipuladores de las operaciones de las empresas públicas reciben todos los beneficios de esas intervenciones, pero soportan poco o nada de los costos e ineficiencias directas que producen como consecuencia de ello.
-Es una verdad jurídica que el Estado debe sopesar, antes de crear una empresa pública, si los fines que pretende satisfacer con la misma son exclusivamente de interés público, puesto que en dichos casos la mejor figura legal resulta siendo un organismo público ejecutor, como lo señala la literatura de la organización de un Estado.
-Es una verdad jurídica que el Estado debe sopesar, antes de crear una empresa pública, si los fines que pretende satisfacer con la misma son exclusivamente de interés público, puesto que en dichos casos la mejor figura legal resulta siendo un organismo público ejecutor, como lo señala la literatura de la organización de un Estado.
-Es un hecho que seguirán apareciendo mitos, conjeturas y probables verdades jurídicas acerca del Estado empresario en general, pero mientras se hayan comprendido las bases esenciales de su naturaleza ontológica y su justificación pragmático-teleológica, se podrán diferenciar fácilmente unas de otras, distinguiendo aquellos comentarios que sean prejuiciosos, parcializados e infundadado, de aquellos que sean objetivos, imparciales y argumentados en base en la realidad y las normas vigentes.
Comentarios. Entre las diversas opiniones vertidas, sobre la obra de Adolfo Céspedes, incluyendo las de sus profesores de la Universidad de Pittsburgh, PA-EU, reproducimos los juicios del profesor de Derecho Administrativo de la PUCP, Jorge Danós, quien califica como la primera obra en la bibliografía jurídica peruana que aborda exhaustivamente el análisis del régimen jurídico de las empresas del Estado, comentando el nuevo marco legal y reglamentario dictado en nuestro país. Es un libro de obligatoria lectura para todos aquellos que requieran conocer o tengan relación con la actividad de las empresas estatales, los niveles de gobierno nacional, regional y local, remarca. La editoral ha publicado una segunda reedición, con autorización de los padres del autor, residentes en la ciudad de Trujillo-Perú.
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